La Ley de Ciudadanía Turca No. 5901 regula las circunstancias en las que se adquiere y se pierde la ciudadanía de la República de Turquía. El artículo 12 de la ley pertinente regula los casos excepcionales en la adquisición de la ciudadanía turca. De acuerdo con la Ley y el Reglamento pertinentes, las personas que compren bienes inmuebles por un valor mínimo de 400.000 (cuatrocientos mil) dólares estadounidenses o su equivalente en moneda extranjera y se comprometan a no vender dichos bienes inmuebles durante 3 años tienen derecho a la ciudadanía Turca.

Regulación Legal Sobre la Adquisición de la Ciudadanía Turca Mediante la Compra de Bienes inmuebles

El artículo 20 del Reglamento sobre la implementación de la Ley de ciudadanía turca enumera los documentos y procedimientos requeridos que deben realizarse en las solicitudes de las personas incluidas en estos casos excepcionales. En consecuencia, el artículo 20 del Reglamento Pertinente queda así:

Adquisición excepcional de la ciudadanía turca, documentos necesarios para la solicitud y trámites a realizar.
ARTÍCULO 20 – (1) En los casos enumerados en el artículo 12 de la Ley, un extranjero podrá excepcionalmente adquirir la ciudadanía turca.
(1) Un extranjero que cumpla cualquiera de las siguientes condiciones podrá adquirir la ciudadanía turca por decisión del Presidente dentro del alcance del subpárrafo (b) del primer párrafo del artículo 12 de la Ley:

b) (Modificado: O.G.-6/1/2022-31711-C.K-5072/1 art.) Compró o adquirió un condominio o servidumbre de piso de bienes inmuebles por un valor mínimo de 400.000 dólares estadounidenses o moneda extranjera equivalente, siempre que se haga una anotación. colocado en el registro de la propiedad para no venderlo durante tres años, establecido por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático, donde se deposita por adelantado al menos 400.000 dólares estadounidenses o el equivalente en moneda extranjera y se promete la venta del inmueble. con contrato notarial, siempre que el catastro se comprometa a no transmitirlo ni abandonarlo durante tres años.
(3) Con el artículo 1º del Decreto Presidencial N° 5554 publicado en el Diario Oficial N° 31834 de fecha 13/5/2022, se sustituyen las frases “250.000” en este párrafo por “400.000”.

El derecho a adquirir la ciudadanía turca mediante la compra de bienes inmuebles

Como mencionamos en detalle anteriormente, una forma de obtener la ciudadanía de la República de Turquía es comprar bienes raíces. Las personas que compren bienes inmuebles en territorio turco por un precio determinado por la ley o superior pueden adquirir el derecho a la ciudadanía mediante la solicitud. Existe un límite inferior para la compra de bienes inmuebles en Turquía, como se indica en el texto del artículo anterior. Aunque este límite inferior es de 250.000 dólares, fue cambiado a 400.000 dólares por Decreto Presidencial del 13/05/2022. Por esta razón, las personas que no son ciudadanos de la República de Turquía pueden adquirir la ciudadanía de la República de Turquía comprando un inmueble con este precio y el valor en moneda extranjera correspondiente.

Documentos de solicitud para adquirir la ciudadanía mediante la compra de bienes inmuebles

Las personas que quieran obtener la ciudadanía mediante la compra de bienes inmuebles en Turquía deben presentar una solicitud al ministerio correspondiente además de estos procedimientos. La continuación del artículo 20 del citado Reglamento regula los documentos de solicitud. Según el artículo pertinente, los documentos de solicitud son los siguientes:

a) Formulario de petición en el que conste la solicitud.
b) Pasaporte o documento similar que acredite de qué Estado es ciudadano, o si es apátrida, documento pertinente si es posible obtenerlo.
c) Certificado de estado civil y certificado de matrimonio si es casado, certificado de divorcio si es divorciado, certificado de defunción del cónyuge si es viudo.
ç) Un documento como partida de nacimiento o muestra del registro civil que conste los datos de identidad de la persona, y en caso de estar casado, copia del registro civil o documento similar que acredite los vínculos familiares de su cónyuge e hijos.
d) Si hay familiares de primer o segundo grado de ciudadanos turcos, la solicitud de estas personas
Copia del registro de población tomada del sistema por las autoridades.
e) Si no se dispone del mes y día de la fecha de nacimiento de la persona, un documento obtenido de las autoridades competentes de su país para completar la fecha de nacimiento, y si no se puede obtener el documento, una declaración firmada en la que conste que acepta la acción de conformidad con el artículo 39 de la Ley de Servicios a la Población N° 5490.
f) Recibo que acredite el depósito del cargo por servicio en caja de Finanzas.
(4) El expediente completo se envía al Ministerio para su decisión.

Como puede verse, al presentar la solicitud, todos los documentos necesarios deben prepararse meticulosamente y la solicitud debe completarse en su totalidad. En caso contrario, la solicitud podrá ser rechazada. En este caso, las personas que adquieran bienes inmuebles pueden sufrir una grave pérdida de derechos. Por eso, es importante realizar estos trámites a través de un experto.

¿Puedo Solicitar la Ciudadanía Turca con un Abogado?

Las personas que viven en el extranjero y no son ciudadanos de la República de Turquía pueden obtener la ciudadanía comprando bienes inmuebles en Turquía. Las solicitudes de personas que viven en el extranjero y no tienen la oportunidad de venir a Turquía pueden ser presentadas por un abogado. Por lo tanto, puede contactar con nuestra oficina y obtener información sobre el proceso.

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